Promoción de inversión

En Venezuela, los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial, en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental, pertenecen a la República, son bienes del dominio público y, por tanto, inalienables e imprescriptibles.

Sin lugar a dudas, las minas son patrimonio del Estado y su explotación requiere del régimen de concesiones mineras otorgadas por este en forma facultativa. De acuerdo con el marco jurídico de Venezuela, por razones de conveniencia nacional, el Estado queda facultado para reservarse determinadas actividades económicas, de manera particular en el sector minero, dejando claramente establecido que el Gobierno nacional puede entrar en convenios de asociación con el sector privado para el desarrollo y la explotación de esas actividades.

Es por ello que para el desarrollo de actividades mineras, se debe de realizar una asociación entre el Estado venezolano y las empresas u organizaciones privadas para la exploración, explotación, beneficio, industrialización, comercio y transporte de los minerales, así como el desecho y derivado de los procesos productivos.

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